Extremadura abre seis programas de ayudas para autoconsumo y al almacenamiento con renovables con 14 millones de euros de fondos europeos

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El DOE publica hoy el Decreto, por el que se desarrollan las bases reguladoras de subvenciones para la ejecución de diversos programas de incentivos ligados al autoconsumo y al almacenamiento, con fuentes de energía renovable, así como a la implantación de sistemas térmicos renovables en el sector residencial, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia Europeo, en Extremadura, y se aprueba la única convocatoria.

Son seis los programas de incentivos, con un presupuesto total cercano a los 14 millones de euros:

Programa de incentivos 1: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, sector servicios, con o sin almacenamiento. Dotado con casi 1,8 millones de euros para sus dos modalidades.

Programa de incentivos 2: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en otros sectores productivos de la economía, con o sin almacenamiento. Dotado con algo más de 4 millones y medio de euros.

Programa 3: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector servicios y otros sectores productivos. 825.000 euros de presupuesto para este programa

Programa 4: Realización de instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector, con o sin almacenamiento. Algo más de 4,5 millones de presupuesto

Programa 5: Incorporación de almacenamiento en instalaciones de autoconsumo, con fuentes de energía renovable, ya existentes en el sector residencial, las Administraciones Públicas y el tercer sector. 113.000 euros destinadas a estas ayudas

Programa 6 de incentivos: Realización de instalaciones de energías renovables térmicas en el sector residencial. Aquí se presupuestan 2 millones 100.000 euros para estas acometidas.

El plazo de presentación de solicitudes se inicia a las 12:00 horas del día siguiente de la publicación de la convocatoria y del extracto de la misma a que se refiere el artículo 16 q) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura en el Diario Oficial de Extremadura, y concluirá el 31 de diciembre de 2023, salvo que con anterioridad se hubiera agotado el crédito de la convocatoria, en cuyo caso se estará a lo dispuesto en el apartado 4 del artículo 12 del decreto de bases reguladoras en cuanto a lista de reserva provisional.

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